Los permisos de circulación son vitales para circular de forma legal con tu vehículo. En este post hablaremos sobre su importancia y diversas variantes que pueda presentar según sea el caso. Pero antes que nada, debemos conocer ¿que es el permiso de circulación? Pues, no es más que el certificado de registro del vehículo.
La Dirección General de Tráfico (DGT), es el único organismo competente para la emisión de permisos de circulación en el estado español. Ahora bien, los permisos de circulación o también conocidos como certificados de matriculación del vehículo se pueden dividir en permiso de circulación Definitivo y Provisional.
Permiso de circulación definitivo
Es el documento que expide la Dirección General de Tráfico (DGT) para todos los vehículos matriculados. En sí, acredita la titularidad de cualquier vehículo a motor, ya sea un coche, una motocicleta, un tractor o un automóvil de servicio. Dentro de esta clasificación, existe otra subdivisión de 14 permisos de circulación definitivos, los cuales son:
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AM: Permiso de circulación exclusivo para ciclomotores de 2 o 3 ruedas y cuatriciclos ligeros.
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A1: Permiso de circulación para motocicletas con una cilindrada tope de 125 cm3 y potencia máxima de 11 kW.
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A2: Permiso de circulación para motocicletas con una potencia máxima de 35 kW.
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A: Permiso de circulación que autoriza motocicletas y triciclos de motor.
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B: Permiso de circulación, que autoriza conducir exclusivamente los siguientes tipos de vehículos:
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Automóviles cuya masa máxima sea de 3500 Kg, adicionalmente, deben estar diseñados para el transporte de 8 personas como máximo, sin incluir al conductor.
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Vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor y un remolque que sobrepase los 750 Kg. Pero, su conjunto no debe sobrepasar los 4250 Kg, sin alterar adicionalmente las condiciones técnicas que apliquen para la circulación de este tipo de vehículos.
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Triciclos y cuatriciclos de motor.
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B + E: Permiso de circulación que involucra al conjunto de vehículos acoplados. Estos están compuestos por vehículos tipo tractor y un remolque o semirremolque de 3500 Kg de masa máxima autorizada.
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C1: Permiso de circulación que incluye automóviles diferentes a los que autoriza el permiso de circulación de las clases D1 o D. Cuya masa máxima exceda de 3500 Kg pero no sobrepase los 7500 Kg.
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C1 + E: Permiso de circulación, que autoriza conducir exclusivamente los siguientes tipos de vehículos:
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Conjunto de vehículos acoplados, bajo consideraciones técnicas específicas. Es decir, compuestos por un vehículo-tractor que se autoriza a conducir el permiso clase C1 y un remolque cuya masa máxima exceda los 750 Kg. Condicionando que la masa máxima del conjunto no exceda los 12000 Kg.
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Conjunto de vehículos acoplados, bajo consideraciones técnicas específicas. Es decir, compuestos por un vehículo-tractor que se autoriza a conducir el permiso clase B y un remolque cuya masa máxima exceda los 3500 Kg. Condicionando que la masa máxima del conjunto no exceda los 12000 Kg.
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C: Permiso de circulación que autoriza la conducción de automóviles con permisos D1 o D, cuya masa máxima no exceda los 3500 Kg.
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C + E: Permiso de circulación para el conjunto de vehículos compuestos por un tractor de los que autoriza a conducir el permiso clase C y un remolque que supere los 750 Kg.
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D1: Permiso de circulación, bajo consideraciones técnicas específicas. Autoriza automóviles diseñados y construidos para el transporte de máximo 16 pasajeros sin incluir al conductor y su longitud máxima no exceda los 8 metros.
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D1 + E: Permiso de circulación, bajo consideraciones técnicas específicas. Autoriza el conjunto de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza el permiso D1 y un remolque máximo de 750 Kg.
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D: Permiso de circulación que autoriza conducir vehículos diseñados y construidos para el transporte de más de ocho pasajeros además del conductor.
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D + E: Permiso de circulación que autoriza conducir un conjunto de vehículos acoplados. El cual está compuesto por un vehículo-tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D más un remolque. Dicho remolque no puede exceder los 750 Kg.
Por ende, los permisos de circulación son imprescindibles a la hora de conducir cualquier tipo de vehículos. Cabe destacar que, desde hace unos años son prácticamente idénticos en todos los países de la unión europea.
Permiso de circulación provisional
Es el documento que expide la DGT, para vehículos que no han sido matriculados definitivamente. Es decir, que se encuentran en algún tipo de caso particular que incurra en su proceso de matriculación.
Este tipo de Circulación provisional tiene una validez de treinta días, posterior a ese tiempo es anulado. La mayoría de los conductores solicitan este tipo de permiso para poder disponer de un vehículo comprado sin su matriculación definitiva. No te olvides que Autogestoria online, es una gestoría de Elche especializada en trámites de vehículos y podemos encargarnos de la renovación y extraviación de tus permisos de conducir.