Cualquier persona que demuestre interés conocido y legítimo puede hacer su solicitud dirigiéndose al Registro de la propiedad considerada pública como lo indica el Artículo 221 de la Ley Hipotecaria. En ella se señala que los registros serán públicos para quienes tengan interés conocido en averiguar el estado de los bienes inmuebles o derechos reales inscritos.
Solicitar certificados de registro de propiedad es sumamente sencillo si cuentas con la documentación que se solicita de manera correcta, además de que se puede hacer de manera online. Sin embargo, deberás estar pendiente de recibir respuestas de 3 a 4 días en tu correo electrónico donde será el lugar en que será enviado el documento solicitado.