Surcar las olas en moto de agua se ha convertido en una de las actividades estrella de las zonas costeras durante la temporada estival. Sin embargo, desde el año pasado, obtener la licencia necesaria para conducirla ya no es tan sencillo. La normativa ha cambiado y ahora se exigen nuevos requisitos para poder disfrutar de esta emocionante experiencia.
¿Te apasiona deslizarte sobre el mar a toda velocidad? Si es así, te conviene informarte bien antes de subirte a una moto de agua. A continuación, te resumimos los puntos clave que debes tener en cuenta:
Tipo de licencias para conducir una moto de agua
Hasta la aparición del RD 238/2019, para poder obtener cualquier carnet de moto de agua debían haberse cumplido los 18 años (o los 16, con consentimiento del tutor legal) y superar un examen teórico y otro práctico. Existían escuelas de navegación donde, de manera similar a lo que se hacía en las autoescuelas, se preparaba a los alumnos para poder superar dichos exámenes.
Las tres licencias específicas para la conducción de motos náuticas eran:
la “A», para vehículos propulsados por turbina con potencia igual o superior a 110 CV.
la «B», para potencias entre 55 y 110 CV.
la “C”, para potencias inferiores a 55 CV.
Adiós a las licencias de moto de agua: las categorías A, B y C ya no se expedirán ni renovarán.
¿Qué opciones tienes ahora?
- Licencia de Navegación: la opción más accesible. Te permite conducir motos de agua sin límite de potencia, embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y navegar a 2 millas de la costa durante el día. Se obtiene tras un curso breve y sin exámenes.
- Patrón de Navegación Básica (PNB): una licencia más exigente, pero que te permite gobernar embarcaciones de hasta 7,5 metros de eslora (motor) o 8 metros (vela) y navegar a 5 millas de un abrigo. Requiere superar exámenes, un reconocimiento médico y prácticas de radiocomunicaciones.
- Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER): te permite navegar con embarcaciones de hasta 12 metros de eslora y a 20 millas de la costa. Exige superar exámenes teóricos y prácticos, un reconocimiento médico y las prácticas de radiocomunicaciones.
- Patrón de Yate: para embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y navegación sin restricciones de distancia. Requiere superar exigentes exámenes teóricos y prácticos, un reconocimiento médico y las prácticas de radiocomunicaciones.
- Capitán de Yate: la licencia más alta, para embarcaciones de cualquier eslora y sin restricciones de navegación. Implica superar exámenes aún más complejos, un reconocimiento médico y las prácticas de radiocomunicaciones.
Conducir una moto de agua sin carnet
Llega el verano y muchos se animan a disfrutar del mar en moto de agua. Pero, ¿hace falta carnet para conducir una?
La respuesta depende de cómo la vayas a usar:
Excursión con guía: sin carnet
- Puedes unirte a una excursión guiada en moto de agua sin necesidad de ningún permiso especial.
- En algunos casos, te pedirán el carnet B1 al contratar la actividad, solo para comprobar que sabes conducir.
- Estas excursiones son ideales para probar la experiencia por primera vez.
Alquilar o comprar moto: carnet obligatorio
- Si quieres alquilar una moto de agua por tu cuenta o comprar una propia, sí necesitas tener un carnet de navegación.
- Hay diferentes tipos de carnets, según el tipo de moto y la zona donde quieras navegar.
- El más básico es la Licencia de Navegación, que te permite conducir motos de agua sin límite de potencia y navegar cerca de la costa.
- Para embarcaciones más grandes o navegar más lejos, necesitarás un carnet superior, como el Patrón de Navegación Básica (PNB) o el
- Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER).
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