La baja temporal de vehículos es una condición de índole legal que se aplica a aquellos vehículos que son retirados de circulación ya sea de forma permanente o por un determinado período de tiempo, tal requerimiento solo puede ser efectuado por el propietario del vehículo ante la Dirección General de Tráfico (DGT), la cual hará constar tal circunstancia en el Registro que lleva ese organismo.
Esta condición prohíbe la circulación por las vías publicas de aquellos vehículos que cuenten con dicho calificativo, sin embargo no afecta la titularidad del derecho de propiedad púes solo se refiere a una limitante a la circulación de mismo conforme a las leyes de tráfico.
Por tanto transferir un vehículo que se encuentre de baja temporal puede llegar a ser posible siempre y cuando cumplamos con una serie de requisitos y realicemos un trámite para ello ante la Dirección General de Tráfico (DGT).
Decimos que puede llegar a ser posible dado que en principio ningún vehículo que se encuentre de baja es susceptible de ser transferida su titularidad, por cuanto ese cambio debe ser autorizado por la DGT y anotado en su Registro, y visto que la baja retira o suspende de dicho registro al vehículo es obvio que impide la transferencia
Sin embargo aquí te explicaremos todo lo necesario, todos esos pequeños tips para lograr ese objetivo.
Lo primero, ¿que es la baja de un vehículo?
Como ya dijimos la baja de un vehículo implica que este sea sacado de circulación por decisión de su propietario o por circunstancias que así lo impidan, ese es el principio general, ahora bien existen dos tipos de bajas de vehículos que se caracterizan por la duración y permanencia de su efecto, estas son:
Baja Definitiva: En la baja definitiva el propietario participa a la DGT que el vehículo de su propiedad ya no podrá continuar circulando de forma permanente, esto puede ser causado por varios factores como por ejemplo un accidente que haya dejado al vehículo con daños irreparables, o también que el vehículo sea trasladado a otro país, todo ello ocasiona que se le retire del Registro llevado por la DGT.
Baja Temporal: En ésta se comunica al órgano rector en materia de tráfico que el vehículo permanecerá fuera de circulación de forma transitoria, comúnmente obedece razones menos extremas que la mención anterior, como por ejemplo motivo personales, haber entregado el vehículo a una compraventa o que el mismo nos hubiese sido robado
Ahora bien, en este punto nos detendremos brevemente a explicar la importancia que tiene para nosotros los propietarios participar a la DGT que daremos de baja un vehículo y es que durante su duración la baja no estamos obligados a cancelar el Impuesto de Circulación Municipal ni tampoco presentarlo a la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Como podemos ver, solicitar la baja basada en una cualquiera de las circunstancias mencionadas en verdad constituye un ahorro para nuestro presupuesto pues estaremos eximidos de cumplir con el pago del referido impuesto así como de la tasa para realizar la ITV.
¿Cómo transferir un vehículo en baja temporal?
Supongamos que hemos optado por poner nuestro vehículo en baja temporal, por ejemplo, por no utilizarlo tan seguidamente, y se nos presente una excelente oportunidad para venderlo a un muy buen precio, sin embargo, no podemos hacer la transferencia de la titularidad ante el Registro de la DGT pues el vehículo esta de baja.
Pues bueno simplemente solo debemos solicitar que ésta sea levantada, como dijimos antes la baja es una condición que atiende a la petición del propietario, por tanto, él mismo puede solicitar que se elimine tal calificación y se reinserte el vehículo en el Registro de la DGT, esto es, darle de alta nuevamente para poder efectuar el cambio de titularidad.
Este trámite es realmente muy sencillo, no obstante debemos reunir una serie de requisitos a modo de preparación para garantizar que no debamos salir a toda prisa para buscar algún documento faltante, y estos son los siguientes:
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Obligatoriamente tenemos que contar con la impresión de la forma oficial para realizar el tramite, la cual encontraremos en las Jefaturas de Trafico de nuestra región o descargándola de Internet desde la página web de la DGT (www.sede.dgt.gob.ve), allí ubicaremos la opción “Trámites y Multas”, luego en el menú “Tu Coche” debemos seleccionar “Bajas”, entre las descripciones de la pantalla siguiente se encuentra el enlace para descargar el Impreso de Solicitud de Trámites de Vehículos.
Ahora bien, debemos ser muy cuidadosos al momento de completar la información requerida en dicha forma, donde es necesario seleccionar “Alta de Baja Temporal” como opción de trámite.
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Documentos de identidad del solicitante (DNI, pasaporte, permiso de conducir, NIE)
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Permiso de circulación del vehículo
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La tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Una vez que contemos con toda la documentación antes mencionada es necesario que solicitemos una cita ante la Jefatura de Tráfico de nuestra provincia (obviamente, a través del sitio web de la DGT), para realizar el trámite y una vez cumplido con el mismo solo debemos aguardar a que el vehículo sea dado de alta y figure nuevamente el en Registro de vehículos de ese órgano.
Con ello podemos perfectamente realizar el cambio de titularidad al nuevo propietario siguiendo los pasos comunes ante la DGT para este traspaso, los cuales son:
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En primer lugar debemos reunir los recaudos necesarios iniciando con el contrato de compraventa debidamente suscrito por ambas partes, en cuya redacción debe estar expresado claramente los datos de identidad completos del comprador y vendedor, esto es, nombres y apellidos, DNI de ambos o cualquier otro documento que demuestre su identidad (pasaporte) y dirección, así como también las características del vehículo y de las condiciones de la venta.
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Solicitud de Cambio de Titularidad del vehículo suscrita por el comprador y el vendedor, esta forma la podemos descargar directamente desde el sitio web de la DGT
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Tarjeta de ITV actualizada, solo si el vehículo cuenta con más de 4 años de haber sido matriculado.
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Permiso de circulación o copia de mismo, así como el recibo del Impuesto Municipal de Circulación correspondiente debidamente pagado, también hará falta presentar la forma 620 (o 621 dependiendo de la Comunidad de que se trate) referente al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Una vez que tengamos todos los documentos antes detallados es que debemos solicitar la cita en la DGT para hacer el cambio de propietario, con ello nos evitaremos inconvenientes innecesarios que tengan como consecuencia que nieguen nuestra solicitud de transferencia de titularidad.
Esperamos que esta pequeña guía sea de utilidad para resolver el trámite concerniente al cambio de titularidad de un vehículo en baja temporal, pues como hemos podido constatar no es para nada complicado si conocemos de antemano los pasos a seguir.