El trámite más común por el que pasa todo usuario es el de Realizar un Cambio de titularidad de un Vehículo de adquisición reciente. Puede venir de diferentes orígenes, en el sentido de que puede ser un vehículo adquirido o comprado. Así como también puede ser regalado; la cuestión es que es necesario saber todas las pautas necesarias. Si sigues las instrucciones que aquí te facilitamos, podrás realizar un trámite exitoso.

Se sabe que cuando se adquiere un vehículo nuevo, se debe cambiar la titularidad del mismo. Es por ello que te hacemos mención de aspectos que son necesarios para saber cómo realizar un cambio de vehículo y de esta manera, no tengas inconvenientes.

  1. Llevar original y copia del DNI de la persona que compra y del que vende.

  2. Tener vigente el permiso de circulación de dicho vehículo y la Ficha Técnica.

  3. Elaborar un contrato de compra/venta o en caso de que aplique, la factura donde conste el CIF de la empresa.

  4. En caso de ser el comprador. Es recomendable que haga la solicitud del certificado de antecedentes del vehículo en la Jefatura de Tráfico antes de formalizar como tal la compra. Esto es para evitar inconvenientes a largo plazo.

  5. En caso de ser el vendedor, se recomienda que no haga entrega del vehículo sin antes haber formalizado el contrato. Se debe cerciorar de que en el contrato salga la hora y fecha del día en que se va a realizar la entrega.

  6. Si no puedes dirigirte con el comprador a la oficina de tráfico, solo pídele que te haga una copia del permiso de circulación. Esto con el objetivo de corroborar que el cambio de nombre se ha realizado.

  7. Si han pasado quince días (15) y no recibes este comprobante, dirígete con una copia del contrato al tráfico. De esta manera haces una notificación del cambio.

Documentos para Realizar los Trámites en la Delegación de Hacienda

Además de tomar en cuenta los aspectos anteriores, debes dirigirte a la Delegación de Hacienda más cercana. Esto con el objetivo de gestionar el sistema tributario y aduanero estatal de tu vehículo. El saber dónde queda la Delegación de Hacienda más cercana a tu ciudad es un punto muy importante. La dirección de Elche en Alicante:

  • Mallorca, 2 BAJO, Elche / Elx.

  • Número de contacto: 966618311

  • También puedes ingresar en la web y por medio del formulario de contacto.

Los documentos que debes presentar en la delegación de Hacienda son:

  1. Copia del DNI del comprador y vendedor.

  2. Original y copia del contrato compraventa.

  3. Original y copia del permiso de circulación y de la ficha técnica.

  4. El documento del modelo 620.

  5. El justificante de que se realizó el pago correspondiente de las tasas.

  6. Cabe destacar que depende de lo antiguo y el modelo, el que realices la tasación del vehículo. El abono es de un 4% del valor que tenga el coche, todo esto basado en tasa de tarjeta o efectivo.
  7. El recibo del último pago impuesto por circulación (IVTM)

En el caso de los documentos respectivos para poder realizar los trámites en la Dirección General de Tráfico, debes dirigirte con cita previamente tomada. Así como en el caso anterior, busca dónde queda la oficina de tráfico más cercana. En este sitio se llenan cada uno de los documentos necesarios para poder hacer el cambio de titularidad.

Trámites en la Dirección General de Tráfico

Los documentos llevados a la DGT son para realizar el trámite de ejecución de la política vial en las vías de titularidad estatal de España. La DGT que se encuentra en Elche, Alicante es:

  • Dirección: Fuensalida, 5

  • Número de Contacto: 965446835

  • Información general: 060

  • Código postal: 03200

Los documentos que debes presentar en la DGT son:

  1. Original del permiso de circulación y de la ficha técnica.

  2. Original del contrato de compraventa.

  3. Fotocopia del DNI de ambos (comprador y vendedor).

  4. Una copia del modelo 620 que se entrega en la Delegación de Hacienda.

  5. Recibo del pago de las tasas correspondientes. Asimismo, recibo del Impuesto de Circulación.

  6. Modelo de cambio de titularidad finalizado y con sus firmas respectivas.

  7. Llevar tarjeta de débito o crédito, debido a que en muchas oficinas no se está aceptando pago en efectivo.

Tienes la opción de descargar estos documentos desde el sitio web, en la sección titulada “Cambio de Titular de un coche en la DGT”.

Para abonar el monto que corresponde a las tasas, vas a caja en la DGT. Un precio aproximado (depende del modelo del carro, si es ciclomotor o un turismo) es entre los 26 y 52 Euros.

Todos los datos del vehículo serán corroborados para ver si el registro realizado en la DGT está correcto. Si se aprueba, la ITV va a expedir un permiso de circulación nuevo para que nuestro nombre esté en él.

El plazo de presentación del contrato es de un mes. Este mes se cuenta desde el día en que se lleva a cabo dicho contrato.

Se realiza una “Autoliquidación” cuando se produce una pérdida de los derechos a su aplicación. En el caso de incumplir los requisitos solicitados. Esta autoliquidación se lleva a cabo en un plazo de un mes.

Recargos que se Aplican cuando la Autoliquidación está Fuera del Plazo Estipulado

Según el artículo 27 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:

  • Tres meses siguientes al término del plazo voluntario: un recargo del 5%.

  • Seis meses después del término del período voluntario: un recargo del 10%.

  • Doce meses siguientes al término del período voluntario: un recargo del 15%.

  • En caso de que haya pasado un año desde que terminó el período voluntario: se recarga un 20%.

Cabe destacar que cualquier regularización que se efectúe estará incluida en los impuestos pertinentes. De esta manera existe un justificativo que proviene de la consecuencia de la aplicación del beneficio fiscal, adicional a los intereses de demora.

Se hace una reducción del recargo a un 25% cuando hay un cumplimiento del artículo 27 de la Ley General Tributaria. Son dos condiciones que mencionaremos a continuación:

  1. Ingreso completo del remanente que se recargó en el plazo estipulado en el documento de pago.
  2. Ingreso completo de la deuda pendiente que corresponde a la Autoliquidación Extemporánea. Siempre y cuando se pague en el plazo estipulado o en el tiempo voluntario de ingreso.