La declaración de la renta o declaración de impuesto sobre la renta de personas físicas (IRPF), es un impuesto que pagan todas las personas a la Agencia Tributaria. Este impuesto se paga tomando en cuenta todos los ingresos que haya tenido la persona durante todo el año fiscal. Desde Autogestoria online somos capaces de realizar cualquier trámite administrativo ¿te ayudamos?

Pueden ser por cuenta propia, cuenta ajena, o por el cobro de prestaciones públicas, como las pensiones. El pago de este impuesto es obligatorio y representa la principal fuente de ingreso de Hacienda al igual que el IVA o impuesto al valor agregado.

Cuando se hace referencia a personas físicas, se refiere a personas que no posean ninguna sociedad o empresa de la que devenguen algún ingreso. En el caso de las personas jurídicas, es decir, personas que poseen y representan una empresa, pagan sus impuestos a través del impuesto sobre sociedades.

En el caso de aquellas personas cuyos ingresos provengan de algún premio, como loterías o concursos, también deben pagar su impuesto a la Agencia Tributaria. En otras palabras, el impuesto de la renta es proporcional a la renta obtenida por la persona en un año, por lo tanto, a mayor ingreso mayor impuesto.

Esto se debe a sus principios de igualdad, generalidad, y justicia y como las personas tienen ingresos distintos, el porcentaje de pago varía en cada una. Además, debes saber que, aunque se paga una vez que finalizado el año, durante todo ese año dependiendo de tu actividad se te hacen retenciones.

Resaltando que, estas retenciones se realizan directamente de tu sueldo con el fin de garantizar el pago del impuesto sobre la renta. De igual manera la Agencia Estatal de la Administración Tributaria también hace cobro de impuestos a las inversiones que generen algún tipo de ganancia.

¿Quiénes Están Obligados a Realizar la Declaración de la Renta?

De acuerdo con la Agencia Tributaria toda persona física que permanezca en territorio español por 183 días de un año, debe realizar la declaración de impuesto. En el caso de aquellas personas que no residan en España, pero perciban ingresos por actividades económicas en el territorio, deben realizar la declaración como no residente.

Por otra parte, la Agencia Tributaria también establece una serie de excepciones en las cuales las personas no están en la obligación de realizar las declaraciones. Las principales excepciones establecidas por la Agencia Tributaria son las que se mencionan a continuación:

1. Ingresos de trabajos personales igual o inferior a los 22.000 euros anual.

  • Los ingresos provienen de pagos de una misma persona o empresa.

  • Cuando los ingresos son pagados por varios pagadores y aun así no superan los 1.500 euros.

  • Cuando los únicos ingresos percibidos durante tondo el año proviene de pagos de pensiones, seguros colectivos, planes de prevención social de empresas, entre otros.

  • Cuando se reciben ingresos por pensiones compensatorias por fallecimiento del cónyuge.

2. Personas dependiente cuyo rendimiento de capital y sus ganancias patrimoniales sometidas a retención tienen un límite de 1.600 euros anuales.

3. Aquellas personas dependientes de alguna empresa cuyos ingresos provenientes de su trabajo no superen los 1000 euros.

4. Aquellas personas dependientes de alguna empresa que hayan tenido pérdidas de patrimonio inferior a los 500 euros, tampoco están obligadas a declarar el impuesto de la renta.

Por otra parte, es importante destacar que todas las personas autónomas que tengan una actividad económica están obligadas a realizar la declaración de la renta. Esta declaración deben realizarla de manera obligatoria, aun cuando no lleguen al mínimo de ingresos establecidos y aunque hayan tenido pérdidas durante el año.

¿Qué ocurre sino realizo la Declaración de la Renta?

De acuerdo a la normativa tributaria vigente, si como contribuyente obligatorio no realizas la declaración sobre la renta, recibirás una sanción. Estas sanciones establecidas por la Agencia Tributaria se clasifican como leve, graves y muy graves, por lo tanto, es importante que realices tu declaración.

Para poder determinar qué tipo de falta ha cometido el contribuyente la Agencia toma en cuenta, si el contribuyente ha omitido alguna información. Entre las infracciones tributarias más frecuentes se encuentran:

  • No realizar el pago de los impuestos.

  • Omitir algún ingreso percibido durante el año.

  • Disfrutar de beneficios fiscales que no te corresponden.

  • Evidentemente no realizar la declaración de la renta.

  • No presentar la declaración de la renta en el tiempo estipulado.

La persona que cometa alguna falta será sancionada por Hacienda con el pago de una multa cuyo monto va a variar dependiendo de la infracción. Si la persona realiza la declaración y debe pagar un impuesto, pero se tarda en el pago del mismo, las multas quedarán de la siguiente manera:

  • Si realiza el pago trascurridos 3 meses posterior a la declaración, Hacienda le cobrará un 5% sobre el monto que debía cancelar.

  • Si realiza el pago transcurrido de 3 a 6 meses posterior a la declaración, hacienda le cobrará un 10% sobre el monto que debía cancelar.

  • Si realiza el pago transcurrido de 6 a 12 meses posterior a la declaración, hacienda le cobrará un 15% sobre el monto que debía cancelar.

  • Si realiza el pago transcurrido 12 meses posterior a la declaración, hacienda le cobrará un 20% sobre el monto que debía cancelar más los intereses por la tardanza.

Si la Agencia Tributaria descubre que el contribuyente no ha cancelado y no lo hará, aplicará una multa de 50% a 150% del monto que debía cancelar. (imagen 3 sanciones).

Plazos para la Declaración de la Renta

Paga el pago de la declaración de la renta existen plazos que se deben respetar para evitar sanciones por parte de Hacienda o la Agencia Tributaria. Debes saber que un año fiscal comienza el 01 de enero y culmina el 31 de diciembre y la declaración se realiza el año siguiente.

De esta manera, las personas dependientes de una empresa deben presentar su declaración entre el 01 de mayo y el 20 de junio del siguiente año. Todos los años se realiza una prorroga hasta el 30 de junio, de manera tal que todas las personas puedan realizar la declaración.

En otras palabras, se realiza la declaración de la renta de manera retrasada, es decir, lo que percibas en el 2019 lo declararás en el 2020. En el caso de personas autónomas o independientes, la Agencia Tributaria realiza retenciones trimestrales con el fin de garantizar el pago de los impuestos.

En el caso de que tengas a una persona que te asesore o algún contador, debes verificar que haya realizado el pago de los impuestos. Recuerda que, aunque le hayas dado la responsabilidad a él de realizar el pago, si este se retrasa las multas caerán sobre ti.

Una vez que hayas realizado la declaración y pago del impuesto sobre la renta, es recomendable que guardes la copia por lo menos durante 5 años. Esto debido a que 5 años es el período máximo en el que tus ingresos pueden ser verificados por el fisco.

Una vez transcurridos esos 5 años los impuestos que no hayas pagados no podrán ser cobrados ni recibirás multa alguna. Sin embargo, lo ideal es que realices tu declaración y pago de impuesto anualmente para que te evites inconvenientes que te acarren un mayor gasto.

Pasos a Seguir para Realizar la Declaración de la Renta

Ahora es el momento que sepas como debes proceder para realizar la declaración de la renta. Para realizarla debes tener a la mano los siguientes documentos:

  • Documentos del trabajo: la empresa de la que dependes, deberá entregarte de manera obligatorio un documento en el que informe tu sueldo percibido en el año y las retenciones que haya realizado la Agencia Tributaria.

  • En el caso de que hayas sido despedido, la empresa también está en la obligación de darte la información por el tiempo que laboraste.

  • El banco debe informarte si tienes algún movimiento que necesite ser declarado, por ejemplo, alguna hipoteca o crédito.

  • Si has comprado una vivienda, debes tener los documentos de esa compra.

  • Si vives alquilado, debes tener el NIF del arrendador y los recibos de pagos.

  • Posteriormente compruebas si todos estos documentos, coinciden con la información que posee la Agencia Tributaria.

A Continuación, conocerás los pasos a seguir para realizar dicha declaración:

  • Lo primero que debes decidir es si deseas hacerla por Internet, a través de la página de la Agencia Tributaria o presencialmente en las oficinas de Hacienda.

  • A partir del 2 de abril comienza el tiempo para que presentes un borrador sobre tus ingresos de año pasado, esto si decides hacerlo vía Internet.

  • Si deseas hacerlo de manera presencial, a partir del 9 de mayo podrás pedir una cita para que te atiendan en las oficinas de la Agencia Tributaria.

  • Posteriormente para el 14 de mayo comienzan a realizar la atención presencial y a recibir las declaraciones en Hacienda.

  • Finalmente, el 26 de junio es el último día que tienes para realizar transferencia bancaria a Hacienda correspondiente al pago de tus impuestos.

  • Si el monto a pagar es muy alto Hacienda te permitirá pagarlo en dos partes y para ello, deberás indicar esa opción.