En este artículo describiremos brevemente los diferentes motivos por los que no se puede trasferir un vehículo. Vamos a describir brevemente en este artículo, los motivos por los que no se puede transferir un vehículo. Esta información la podemos obtener gracias al informe de vehículo DGT.

En el Registro de vehículos de la DGT aparecerá en la sección llamada “limitaciones de disposición” en el momento en que el vehículo tiene una causa por la cual no se puede trasferir. Si hubiera cualquier motivo que no deja trasferir el vehículo, podremos ver anotado la causa por la que no se deja realizar el cambio de titularidad. Entre otros la causa puede ser, una incidencia, un embargo o un precinto.

También podemos ver una sección en algunos informes donde pone “Incidencias”, en el caso que nos aparezca una sección de Incidencias en el informe, tendremos que fijarnos en el campo de concepto. En el caso que la incidencia sea Denegatoria, a veces no se llega a especificar la causa, en ocasiones para conocer el motivo exacto de la denegatoria habrá que personificarse en la Jefatura Provincial De Tráfico. En cualquier caso, siempre debe haber un motivo en el que orienta el motivo por el cual no se puede trasferir.

A continuación, dejaremos muy claro las causas `por las cuales Tráfico nos puede denegar la posibilidad de trasferir un vehículo:

Vehículo sin permiso de circulación e ITV 

Para poder llevar a cabo el cambio de titularidad es necesario tener a mano la ficha técnica del vehículo y el permiso de circulación, estos documentos deben ser emitidos por la Dirección General de Tráfico y se encuentran asociados a la ficha correspondiente a la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).

Si necesitas realizar la transferencia de un vehículo que conste en el Informe de vehículos DGT con la ITV caducada, Tráfico acepta el cambio de titularidad, pero no garantiza el nuevo permiso de circulación hasta el momento en que no se acredite que se ha superado satisfactoriamente.

Aunque la ley dice que sí se puede transferir un coche sin ITV, desde aquí te recomendamos que, si vas a proceder a comprarte un vehículo del mercado de segunda mano, reclames que tenga en regla la inspección, porque realmente es una de las formas más eficaces para asegurar el buen estado del vehículo.

Por otro lado, queremos destacar que al hacerte con un vehículo de segunda mano tendrás un plazo máximo de 30 días para poder solicitar un permiso de circulación que vaya a tu nombre. De no se así, no podrás conducir o de lo contrario, serás sancionado si la persona que te ha vendido el coche ya ha notificado a Tráfico la venta.

transferencias agiles

Listado de motivos por los que no vas a poder vender o transferir tu vehículo

  • ITV: Hace un tiempo, si se quería transferir un vehículo que tenía la ITV caducada, se podía, pero en el informe de la DGT según la Jefatura de Tráfico se admitirá el cambio de titularidad, pero NO se le otorgará el nuevo Permiso de circulación hasta que no se acredite la superación de la Inspección Técnica de Vehículos. (ITV).
  • Vehículo con titular fallecido: Si el titular del vehículo fallece, para poder trasferir el vehículo a un familiar, se tendrá que aportar la documentación del fallecido: el certificado de defunción del titular o libro de familia donde conste el fallecimiento, un documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo, la declaración de herederos o testamento acompañado de certificado de últimas voluntades, o el cuaderno particional donde conste la adjudicación del vehículo y el impuesto de sucesiones.
  • Embargos y Precintos: Los vehículos que tengan un Embargo, SI pueden transferirse, por este motivo los embargos no aparecerán en el Informe de tráfico en el contenido de Limitaciones de Disposición. Por eso, en casos de embargos la DGT realiza el cambio de titular, pero está obligado a comunicar al comprador la existencia del embargo, para que tenga conocimiento que adquiere un vehículo con cargas.

Si el caso es un vehículo que tiene anotado un precinto, no se podrá realizar la trasferencia hasta que las correspondientes autoridades lo dictaminen.

  • Reserva de domino: Si el Vehículo que quieres comprar tiene una reserva de dominio, NO se va a poder realizar la transferencia hasta el momento en que se finalice el préstamo con la financiera que aseguró la reserva.
  • Impago del IVTM: Si el vehículo aparece como pendiente del pago el impuesto de tracción mecánica, y además en la DGT consta ese impago, esto va a aparecer anotado en el informe de vehículo, y NO se podrá trasferir si no se liquida la deuda con el ayuntamiento que corresponda, y el Ayto. tendrá que comunicar a la DGT la liquidación del IVTM.
  • Multas: Desde mayo del 2010 Tráfico impuso la prohibición de transferir los vehículos sobre los que acumulen cuatro o más sanciones firmes en vía administrativa de carácter Grave o Muy Grave. Tendrá restricción en este caso el conductor, que aparecerá reflejado en el informe de su vehículo de la DGT. Así, no se podrá realizar ninguna trasferencia del vehículo hasta que no se regularice la situación de las multas impagadas o acumuladas.

Si el caso del vehículo es que no están clasificadas como graves o ni siquiera figuran anotadas en el informe de la DGT, se podrá realizar la trasferencia sin ningún tipo de problema.

La legalización de documentos extranjeros en un país como España tiene el objetivo de validar que el documento que se está en vías de legalización, cumple todos los requisitos legales para que sea legal en España. A través de la legalización se da validez legal al documento extranjero. La firma y el firmante de dicho documento se le otorga una validación.

ministerio de asuntos exteriores y de cooperacion

En cuanto a al regulación de los documentos extranjeros, desde Autogestoría online nos ocupamos de todo, puedes solicitar tu trámite para regular tus documentos aquí, España posee una normativa bastante clara y es que “a no ser que exista algún instrumento jurídico que exima de esa obligación, todo documento público extranjero tiene que se ser legalizado para que tenga validez en España”.

De esta norma un centenar de países se encuentran libres gracias a los convenios firmados “dado el creciente intercambio entre los distintos países del mundo” y para “facilitar este tipo de trámites a sus ciudadanos, entre ellos España”.

En algunas ocasiones, en función de los países con los que se requiera gestionar documentación, no será necesario legalizar, lo que se procederá a dotarlo de un sello o apostilla. Esto es así porque el intercambio de documentación en Europa llega a un número tan elevado, que diferentes países tomaron la decisión de firmar un convenio con el objetivo de facilitar esta tarea para ambas partes.De esta manera, surgió el Convenio de La Haya nº XII, en la fecha del 5 de octubre de 1961, de Supresión de la Exigencia de Legalización en los Documentos Públicos Extranjeros.

Con el fin de apostillar documentos en España y consecuentemente legalizar un documento, es importante saber que si se dirige de forma personal al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a la Sección de Legalización, que está en la calle Juan de Mena, Nº 4, en Madrid, la gestión le será totalmente gratuita, sin necesidad de realizar ningún pago.

No obstante, si no le es posible personarse en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, su única posibilidad para gestionarlo sería mediante la embajada o el consulado de España, con el correspondiente pago obligatorio de la tasa. De esta manera, si usted está en el extranjero, deberá de personarse en la embajada española del país donde esté.

Esta burocratización de documentos tiene como ventaja principal, que no posee ninguna fecha donde se indica su caducidad, no caduca. Realmente, nunca caducará su legalización, no obstante, si en el documento que ha tramitado sí que tiene una fecha límite, la legalización caducará con esa fecha en la que el documento ya no es vigente. No caduca la legalización, caduca el documento que se encuentra legalizado.

Respecto a la documentación que es susceptible para ser legalizada en el extranjero, conviene saber que suelen ser los documentos que son emitidos por la Administración General del Estado, por las Comunidades Autónomas y las entidades locales (Mancomunidades, Diputaciones, Ayuntamientos, Cabildos, etcétera); documentación notarial, judicial y mercantil; traducciones juradas de español a otros idiomas y documentación académica; los documentos oficiales de enseñanza superior y no superior; la documentación relativa a entidades religiosas, y certificados médicos y veterinarios.

Posible denegación

Posiblemente, las autoridades referentes a la legalización de documentos, pueden denegar la legalización. Las razones para denegar la legalización de documentos extranjeros son de diversa índole:

a) El documento en vías de legalizar no es público o no se ha elevado a público a través de Notarías

b) El documento no ha sido legalizado a través de las autoridades anteriormente en base a la normativa vigente

c) Los documentos hayan sido firmados por cargos y personas que no hayan gestionado su firma en la Sección de Legalizaciones del Ministerio.

Si su documento ha sido denegado por cualquiera de estas razones, no se preocupes porque tiene la posibilidad de recurrir a la denegación gracias a los procedimientos habituales para ello (Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Formas de legalizar documentos extranjeros

Las autorizaciones que formalizan la legalización de documentos extranjeros, ante un Notario extranjero, son admitidos una vez se encuentren adecuadamente legalizados para tener efecto en España. La legalización se puede proceder de tres formas:

  • A través de la Apostilla de la Haya. Si el documento proviene de uno de los países que han firmado el Convenido de La Haya, tendrá que advertirse con la correspondiente apostilla. Esta forma de legalización consiente que el documento apostillado tenga efectos directos ante cualquier autoridad en España.

  • Mediante la vía diplomática. En la Embajada o Consulado español que corresponda.

  • Por el departamento de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Si el documento está escrito en un idioma diferente al castellano, tendrá que ser traducido a través del traductor del jurado, ya sea en España o en el país de donde procede. En este caso, el documento a legalizar será el original y no la traducción.

Quién puede solicitarlo y/o presentarlo

La Apostilla de la Haya puede solicitarse a través de cualquiera que sea el portador de un documento público, en el que la autenticidad quiera certificar. Puede solicitar la Apostilla de la Haya cualquier portador de un documento público cuya autenticidad desee certificar.

En el caso de las Apostillas en calidad electrónica, quien desee solicitarla como ciudadano podrá descargarla a través de su Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, siempre que se haya presentado la solicitud ante la Autoridad correspondiente.

¿En qué casos no es necesaria la legalización?

Por el motivo del aumento en los intercambios entre los diferentes países del mundo, muchos países y Estados, con el objetivo de facilitar trámites a sus ciudadanos, como en España, han firmado convenios.

Numerosos países se han ido adhiriendo a este tratado que simplifica los trámites tanto para el emisor y como para el receptor. Este texto dice que entre Estados miembros no será necesaria la legalización para el reconocimiento mutuo de documentos, aunque sí un sello o apostilla. Quien necesite obtenerlo, debe informarse en el Ministerio de Justicia (Calle de la Bolsa, 8. 28071 Madrid Tel. 902.007.214). Verifica la lista donde se completa la lista completa de países que han firmado el acuerdo.

Para todos los casos que no se recojan en los acuerdos anteriormente nombrados, tendrán que proceder a la legalización de dichos documentos.

Estamos seguros que quizá hayas oído que el número de bastidor se asemeja mucho a nuestro DNI. Es como si tu vehículo tuviera DNI propio. Pero nos quedamos algo cortos si nos quedamos con esos datos solamente. Respecto el número de bastidor, el cual también se conoce como VIN o número de chasis es el número que identifica cada coche como único y exclusivo. Este número de bastidor permite conocer el historial del propio vehículo, así como cualquier otro dato relevante que son de interés para aquellos posibles compradores en el mercado de segunda mano.

Cuando se consulta el número de bastidor, podrás ver todas las revisiones que ha pasado el coche, las posibles reparaciones que hayan sido necesarias. Así como también podrás saber qué cantidad de kilómetros tenía en cada revisión, si alguna vez se ha dado de baja, si ha tenido cualquier accidente o ha sido robado.

Además de todas estas consultas, también es posible identificar sus principales características, como el motor, el sistema de frenado, la marca, transmisión o incluso la caja de cambios, El color de serie que llevaba, o incluso la fecha en la que se matriculó el vehículo.

El número de bastidor, también es conocido como VIN, de las siglas en inglés’’vehicle identification number’’. Se identifica fácilmente porque consiste en una secuencia de dígitos alfanuméricos compuesto por 17 dígitos en total. Estos dígitos se agrupan en bloques específicos- como se exige en la normativa-. Pongamos un ejemplo para que puedas identificar cada uno de sus 17 dígitos:

digitos normativa bastidor

En referente al significado de esta nomenclatura encontramos:

  • Los dígitos de 1 a 3 (WMI) se refieren a los datos de fabricación:
    • Dígito 1. Continente donde se ha fabricado el automóvil
    • Dígito 2. País de fabricación del vehículo
    • Dígito 3. Fabricante del vehículo
  • Los dígitos 4 a 9 (VDS) contienen las homologaciones de construcción del vehículo:
    • Dígito 4. Modelo de coche
    • Dígito 5-8. Características del tipo de motorización: tipo de alimentación, familia del motor, etc.
    • Dígito 9. Tipo de transmisión
  • Los dígitos 10 a 17 (VIS) da la información sobre la fabricación del vehículo y su número de serie del vehículo:
    • Dígito 10. Año de fabricación. Los coches fabricados entre 1980 y 2030 se representan con una letra, mientras que han sido fabricados entre el año 2001 y 2009 con un número.
    • Dígito 11. Ubicación de la planta de producción
    • Dígitos 12-17. Número de producción del fabricante en el cual queda

 

Cómo localizar el número de bastidor

bastidor donde esta la documentacion

Como cada fabricante lo sitúa en un lugar diferente, mucha gente se pregunta dónde se ubica el número de bastidor de su coche. No os preocupéis, lo más fácil es que lo puedas encontrar najo del capó, donde se encuentra el motor. También es normal encontrarlo justo dentro del habitáculo (bajo el asiento del copiloto, en el salpicadero, en la puerta del conductor, etc.). Aunque en ocasiones es un incordio encontrar el número de bastidor, también podrás verlo reflejado en su ficha técnica.

Cómo leer el número de bastidor

¿No sabes cómo interpretar las letras y códigos que aparecen en el número de bastidor? Lo importante ahora es conocer que tenemos dos modelos: el europeo y el estadounidense, aunque los dos formatos se parecen bastante, hay alguna diferencia. En función del fabricante del coche, el número de bastidor o VIN estará en el formato europeo o bien en el formato estadounidense. Por un lado, el sistema europeo se integra según la normativa ISO 3779, y aunque el estadounidense también integra esta norma ISO es algo más específico.

Número de bastidor europeo

numero bastidor europeo

Los primeros tres códigos corresponden al código mundial del fabricante. El primero de ellos refleja el país de fabricación (W en caso de los españoles), el segundo a la marca (Audi es la A, BMW la B, Volkswagen la W) y el tercero se refiere al que fabrica el vehículo.

Con las posiciones 4 y 9 se indica la serie. El código 10 es donde se refleja el año del modelo, la 11 la planta de fabricación y del 12 al 17 donde se indica el número de producción.

Número de bastidor americano

numero bastidor americano

Al igual que con el número de bastidor europeo, las primeras tres posiciones reflejan el código mundial del fabricante. Ahora es cuando empiezan las diferencias. Podemos encontrar un combo de seis números y letras, los cuales describen efectivamente al vehículo. De éstas, las cinco primeras identifican el tipo de motor, el acabado y la serie. La sexta describe el número de control. El séptimo va a indicar el año del modelo. El octavo indicará la planta de fabricación y los siguientes dígitos reflejan el número de producción.

Para qué sirve que compruebe el número de bastidor

utilidad numero bastidor

Comprobar el número de bastidor es importante si vas a ir al mercado de segunda mano a comprarte un coche. De esta forma, te asegurarás que no ha sido robado y que su ficha técnica corresponde con el propio vehículo, así como los demás documentos del vehículo.

Si estás mirando algún coche de segunda mano y observas que el número de bastidor ha sido borrado o es ilocalizable, seguramente estés ante un coche robado.

La comprobación del número de bastidor también le es muy importante a los talleres, de esta manera pueden hacer comprobaciones y obtener información de la técnica del automóvil. Esos antecedentes permitirán a los talleres una elección de reparación más acorde al coche. El número de chasis también va a dar pistas a las fuerzas del Estado, aseguradoras diferentes y para la propia administración del Estado.

El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM): No es legal cambiar de titular a un vehículo desde el 1 de enero de 2011. En este caso, si en el Registro de vehículos de la DGT consta como impagado este impuesto, no se podrá realizar el cambio de titularidad. Consecuentemente no se podrá ni comprar ni vender aquel vehículo que no haya pagado sus impuestos. Pero hay algunas excepciones, en este artículo te informamos todo lo que debes saber en cuanto al impuesto de vehículos, qué tener en cuenta a la hora de comprar o vender y algunas excepciones que están exentas del IVTM. Si quieres que nos ocupemos de toda la gestión de tu vehículo, contacta con nosotros en esta página.

El impuesto de circulación consiste en un impuesto que es obligatorio, y se aplica a cualquier vehículo a motor, incluyendo a los turismos, las motos, las furgonetas, los autobuses o camiones. Su aplicación es a nivel municipal, por esta razón la cantidad irá en función de la provincia y localidad donde se resida. De igual manera, la cuantía irá en función del tipo de vehículo que se tenga; teniendo en cuenta el peso total del vehículo, el número máximo de asientos y cómo no su cilindrada.

Para conocer de primera mano las condiciones que son aplicadas en tu vehículo, la opción más fiable es que vayas al ayuntamiento de tu localidad, allí donde se ha registrado el coche. Aquí podrás consultar el Reglamento sobre Vehículos y conocer qué tasas te serán aplicables en tu caso.

A la hora de comprar o vender un coche de segunda mano, puede ser algo pesado, puesto que primero tienes que hacer una buena elección, después vienen los trámites, evitando los posibles fraudes y conocer qué cantidad es la más estimada. También te daremos algunos consejos útiles a la hora de comprar o vender un vehículo usado.

Qué tener en cuenta antes que firmes el contrato de compra/venta

  • Antes de proceder a la compra o venta Solicita siempre un informe del vehículo:
    Podrás pedirlo en la Jefatura de Tráfico de tu ciudad, con un coste de 8,20€ y que recibirás en el mismo momento. Con él podrás verificar los años reales que tiene el vehículo, las ITV’s pasadas, las posibles cargas pendientes, el motivo por el que fue matriculado-uso-: para taxi, autoescuela, de particular, así como el nombre de todos los propietarios incluyendo el actual.

Gracias al Informe del Vehículo podrás comprobar:

A.- Si la persona es verdaderamente el propietario. Si es un simple intermediario -puede ocurrir si el caso es de compraventas que venden el coche de cualquier particular-, después no tendrás el derecho de reclamarle nada.

B.- Si el vehículo tiene o no cargas pendientes, como, por ejemplo:

  1. La reserva de dominio. Es bastante habitual que en la primera compra se haya financiado y no se haya cancelado-bien por deuda de dinero a la financiera o porque se le ha olvidado al propietario de este momento. Sea como sea, esto impedirá la posible compra-venta. Se tendrá que cancelar. Comprobar esto es sumamente importante ya que, si adquieres este tipo de vehículos sin sus respectivas comprobaciones, tendrás que cargar tú mismo esas deudas con la financiera.

  2. El impago de multas muy graves – alcoholemia, conducción temeraria…- o el embargo por no pagar cualquier multa. Si el vendedor del vehículo tiene acumuladas sanciones de carácter muy grave impagadas, o bien se le ha embargado el vehículo por parte de Tráfico, el vehículo no podrá ser transferido al nombre del comprador, de no ser que el que vende el coche proceda a abonar estas sanciones.

  3. El pago del Impuesto de circulación del año anterior en vigor. Si deseas comprar un coche en el año 2020, el que te vende el vehículo, tendrá que estar al corriente del pago del impuesto del año 2019. Si no es el caso, el vehículo no podrá ser puesto a tu nombre. Esto será así hasta que alguien abone la cantidad: o tú o el vendedor.

¿Se puede transferir un coche sin impuesto de circulación?

Hay que considerar, en el momento de una transacción compra-venta, que tanto vendedor como comprador tengan en cuenta que es imposible vender un coche sin el impuesto de circulación. De esta manera, ambos tendrán que comprobar que todos los pagos están al corriente. En nuestro país, es ilegal y está absolutamente prohibido cambiar de titularidad a un vehículo si aparece como no pagado en el registro de la Dirección General de Tráfico el impuesto de circulación.

No obstante, hay ciertos casos en los que el pago se haya perdido, lo que puede traer problemas tanto para el comprador como para el vendedor. Son ocasiones muy poco frecuentes por el hecho que entre la DGT y los ayuntamientos esas comunicaciones se producen telemáticamente el 1 de enero de cada nuevo año.

Para verificar que los pagos del impuesto de circulación están al corriente, la mejor manera es solicitar un informe del vehículo a la DGT, en el que, como ya hemos visto, entre otros datos, se registran las cargas o gravámenes que pueden impedir la transmisión del vehículo.

Para solicitar el informe de un vehículo en la DGT se puede realizar desde su sede electrónica o desde la jefatura de tu ciudad. La documentación e información que te van a solicitar es la siguiente:

  • La matrícula del vehículo, el número de bastidor o el NIVE

  • Solicitud oficial que te darán en la DGT

  • Si eres una persona física: tu DNI, permiso de conducir, tarjeta de residencia, o pasaporte; en el caso de personas jurídicas: tu tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación.

Las excepciones: ¿qué vehículos no pagan el impuesto de circulación?

Podemos encontrar una serie de vehículos que están exentos de pagar el impuesto de circulación. Por lo tanto, no tendrán problema en el caso que estamos desarrollando. Estos son los coches libres:

  • Los coches oficiales
  • Los coches municipales, como los de la policía local
  • Las ambulancias
  • Los vehículos para personas de movilidad reducida
  • Los autobuses públicos con más de 9 plazas

  • Los vehículos destinados a la inspección agraria, incluidos tractores y remolques
  • Vehículos de colección

Si vendo mi coche ¿Quién paga el impuesto de circulación?

Actualmente muchas personas se hacen esta pregunta, por eso queremos resolverla. Cuando se vende un coche, en el momento en que se realiza la transferencia se determina quién va a pagar el impuesto de circulación.

Legalmente, la obligación de pagar este impuesto es el propietario cuyo nombre figura en el permiso de circulación a día 1 de enero del año en curso. Concluyendo, que, si vendes el coche durante el 2019, serás tú mismo quien deba abonar el impuesto de circulación para ese año. El nuevo dueño, se hará cargo a partir del año 2020.

Tal y como sabrás, puedes prepararte cualquier tipo de permiso, pudiendo ser los tipos de permiso B, A2, A1, AM, C, D, ADR, CAP o remolques. En función de tus necesidades, seleccionarás de entre éstos el que mejor se adapte a ti. Te informamos el tipo de prueba que corresponde a cada tipo de permiso. Siempre vas a tener que realizar la parte teórica y la parte práctica. En esta guía te explicamos qué tipos de permisos puedes optar, el tipo de prueba en función del tipo de permiso que quieras prepararte y la consulta de calificaciones en la propia DGT.

Tipos de permisos

  • Permiso B

El más reclamado, ya que es para poder conducir un coche. Importante saber que para aprobar tu examen de tráfico (que se divide en 35 preguntas), tendrás que tener como máximo 3 fallos. La edad mínima para acceder será de dieciocho años.

  • Permiso A2 y A1

Para aprobar el examen, que consiste en un total de 20 preguntas, deberás tener como máximo 2 fallos. La edad mínima para acceder al A1 es de dieciséis años una vez cumplidos. Y para el A2 se necesitará un mínimo de dieciocho años.

  • Permiso C y C1

Este examen es para que te permitan conducir un camión, con la finalidad de trasportar mercancías. La prueba tiene 20 preguntas, de las que se te permiten tan sólo 2 fallos para aprobar. La edad mínima para poder acceder a él es de veintiún años cumplidos.

  • Permiso D y D1

Este permiso te permite conducir los automóviles que son destinados al transporte de personas, con un número de asientos superior a nueve, incluyendo al conductor. El examen consiste en la resolución de 20 preguntas, pudiendo cometer un máximo de 2 fallos. La edad mínima para obtenerlo es de veintiún años.

  • Permiso AM

Esta prueba es para la conducción de ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros con hasta 50cc de cilindrada y que alcancen una velocidad máxima no superior a 45 Km/h. Los test de ciclomotor constan de 20 preguntas donde sólo podrás cometer 2 fallos para pasar la prueba. La edad mínima para acceder a él es de quince años.

  • Permiso CAP

Es el Certificado de Aptitud Profesional el cual te valida por todo el territorio de la Unión Europea. Examen de formación de conductores profesionales, simulando los últimos exámenes oficiales del Ministerio de Fomento. Preguntas de mercancías y viajeros. La edad mínima para la prueba será de veintiún años cumplidos.

  • Permiso ADR

El Test ADR te permitirá conducir vehículos que contengan cisternas, explosivos o radiactivos. La edad mínima para acceder será de veintiún años cumplidos.

  • Permiso B+E, C+E y D+E

Con una combinación entre diferentes permisos, éstos te permiten conducir vehículos acoplados, es decir, al conjunto de vehículo acoplados. El examen de conducir E, cuenta con un total de 20 preguntas. La edad mínima para obtenerlo es de veintiún años cumplidos.

Aplicación DGT

aplicacion de la dgt

 Desde la aplicación de la DGT podrás acceder teniendo que tener presente que necesitas una serie de datos para que puedas consultar los resultados y las notas de tu examen. Estos datos son:

  • Tu DNI o NIF.
  • La fecha del examen
  • El tipo de Permiso de conducir.
  • Tu fecha de nacimiento.

nota de examen de la dgt

La propia autoescuela desde la cual te examinaste también te podrá hacer constar tu nota obtenida en la DGT. Ellos te van a tramitar todo, pero si así lo deseas accede a la DGT y consulta el estado de tus notas.

La consulta de notas

Si ya has hecho tu examen teórico de la DGT y necesitas consultar tu nota para conocer si realmente has aprobado o si por lo contrario, has realizado tus pruebas prácticas y estás ansioso por ver si has sido apto o no apto, no te preocupes. Desde hace un tiempo la Dirección General de Tráfico te ofrece una aplicación desde la que podrás consultar tus calificaciones tanto del examen teórico de conducir como del examen práctico. Es la forma más rápida y sencilla, ya que no te tienes que desplazar hasta tu autoescuela para saberlo.

Desde esta aplicación la DGT te deja consultar el estado de tus notas desde la resolución hasta 15 días después. Los resultados sueles estar publicados un día después al que realizaste la prueba. Otra cosa a tener en cuenta es que, si has realizado tus pruebas un viernes o un día antes que sea festivo, tus notas no estarán hasta que sea día laboral.

Entra en el siguiente enlace y consulta la nota de tus exámenes CONSULTA DE NOTAS

analisis y consultas de notas

Como puedes ver en la imagen, accediendo al enlace que te hemos proporcionado, podrás realizar la consulta de tus calificaciones ingresando todos tus datos.

¿A qué hora puedo ver los resultados del examen práctico de la DGT?

Para conocer el estado de tu examen práctico tendrás que esperar, ya que la DGT publica las notas al día siguiente de la realización del examen. Éstas suelen estar publicadas a partir de las 17:00 horas. Aunque, como hemos comentado antes, si interfiere entre estos días, días festivos, tendrás que realizar la consulta el primer día hábil a partir del día de realización de examen.

¿A qué hora puedo ver los resultados del examen práctico de la DGT?

En este aspecto va a depender de si se ha realizado en el ordenador o se ha hecho escrito sobre papel. En ambos casos, podemos observar una diferencia respecto a la resolución de dichas notas.

  • Examen teórico hecho en ordenador.

    • En el mismo día a partir de las 17:00 horas vas a poder ver la resolución.

  • Examen teórico realizado en papel.

    • Si, por el contrario, has realizado el examen teórico en papel, tendrás que consultar tu nota el día siguiente y sobre las 17:00 de la tarde.

Tipos de prueba
test de conducir

  • Examen Teórico

¿Qué entra en el examen?

Hay un material oficial para que prepares tu examen teórico. Todas las autoescuelas, tienen los manuales actualizados en base a la normativa.

¿Puedo encontrar un libro con todas las preguntas para estudiar?

No, puesto que las preguntas no se hacen públicas. Tampoco es necesario memorizar todas las respuestas. Lo que se pretende es que se haga una comprensión general de las normas.

¿Cuánto tiempo dispongo para realizar el examen teórico?

Tienes 35 preguntas para contestar en un tiempo máximo de 45 minutos.

¿Se pueden revisar las preguntas?

El sistema permite revisar las preguntas para confirmar que son correctas las opciones elegidas. Al finalizar este tiempo, las respuestas ya no de podrás modificar.

  • Examen Práctico

examen práctico del carnet de conducir

¿Qué es el examen práctico de la DGT?

Consiste en la composición de dos fases: la primera parte, el examinado conducirá hasta un punto X autónomamente sin necesidad de recibir instrucciones del examinador. La segunda parte constará de una serie de indicaciones por parte del examinador.

¿Cuánto puede durar el examen práctico?

Tendrá una duración mínima de 25 minutos con un recorrido mínimo de 5 kilómetros.

¿Cuántas faltas supone suspender el examen práctico DGT?

Existen diferentes clases de faltas, entre las que se pueden producir, encontramos:

Falta leve.

Éstas no suponen ningún obstáculo ni peligro.

Falta Deficiente.

Es el tipo de falta que puede suponer obstáculo.

Falta eliminatoria.

Éstas suponen un peligro en la carretera y serán eliminatorias.

Entonces, si quieres saber qué faltas no cometer para poder aprobar tu examen, atento a esto. Suspenderás si cometes cualquiera de estas condiciones:

  • Cualquier falta eliminatoria te supondrá el suspenso.
  • Si tienes dos faltas deficientes también
  • Además, si tienes diez faltas leves, se procederá a suspenderte
  • Y finalmente, si cometes solo una única falta deficiente y cinco leves, tendrás que ser ser suspendido.
  • Puedes consultar nuestra guía de consejos para sacarte el carnet de conducir en este 2020